Contenidos
¿Qué es una herencia?
La herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona transmite a sus herederos al fallecer.
Comprende estos conceptos:
- Testador: Persona que deja un testamento.
- Herederos: Personas que reciben la herencia (pueden ser forzosos o voluntarios).
- Legítima: Parte de la herencia que por ley corresponde obligatoriamente a ciertos herederos.
- Caudal hereditario: Todo lo que compone la herencia (bienes, deudas, etc.).
Tipos de herederos
Herederos forzosos o legales: Hijos, cónyuge y padres, pueden tener derecho a la legítima.
Herederos voluntarios: Designados por el testador en el testamento.
Formas de heredar
Testada Hay testamento. El testador elige a sus herederos.
Intestada No hay testamento. La ley determina quién hereda.
Pasos para tramitar una herencia
- Obtener el certificado de defunción.
- Solicitar el certificado de últimas voluntades.
- Localizar el testamento (si lo hay).
- Inventario de bienes y deudas.
- Aceptación o renuncia de la herencia.
- Reparto de bienes.
- Adjudicación
- Pago de impuestos de sucesiones.
- Inscripción en el Registro de la Propiedad (si hay inmuebles).
Aceptación o renuncia
- Aceptación pura y simple: Se heredan tanto bienes como deudas.
- Aceptación a beneficio de inventario: Se pagan primero las deudas con el patrimonio heredado.
- Renuncia: Si la herencia tiene muchas deudas o no interesa, se puede renunciar.
Impuestos
Impuesto de Sucesiones: Es obligatorio. Se calcula sobre el valor de los bienes heredados. Se puede solicitar una prórroga de 6 meses adicionales, pero debe pedirse dentro de los 5 primeros meses desde el fallecimiento
Plusvalía: (si hay inmuebles urbanos). El plazo de presentación es de 6 meses desde el fallecimiento. Se puede solicitar una prórroga de 6 meses adicionales, la cual debe solicitarse dentro de los 6 primeros meses desde el fallecimiento.
La prórroga no es automática debe ser solicitada y concedida por la administración. Si se concede la prórroga, existen intereses de demora a partir del 6.º mes, sobre un 3%) o 3,5% en la actualidad). Existe la posibilidad de hacer una propuesta de pagos e ir pagando poco a poco hasta el año.
Si no se declara en plazo y sin prórroga, hay riesgo de recargos, intereses y sanciones.
Nuestros consejos
Haz testamento: Evita conflictos, facilita el trámite, ahorra tiempo y dinero.
Acepta con inventario si hay dudas sobre las deudas.
Consulta con HERENCIALISTAS somos agentes especializados en herencias.






