Capítulos matrimoniales

¿Qué son los capítulos matrimoniales?

Los capítulos matrimoniales son un contrato vinculado al matrimonio que tiene por objeto fijar el régimen económico por el que deben regirse los cónyuges (o futuros cónyuges) durante su vida matrimonial.
En ellos podrán convenir pactos sucesorios, hacer donaciones, determinar cuantas estipulaciones consideren convenientes e, incluso, establecer pactos en previsión de una posible ruptura matrimonial.

¿Por qué es importante hacer capitulaciones matrimoniales?

La ley determina que cuando dos personas contraen matrimonio, sus relaciones económicas han de quedar regidas por unas reglas concretas que determinarán cómo se administran sus bienes, a quién pertenecerán y de qué forma se rigen. 

Las capitulaciones matrimoniales son un instrumento importantísimo para poder saber de qué forma estará gestionado el patrimonio de la pareja: tanto los bienes adquiridos con anterioridad al matrimonio, como los adquiridos durante el matrimonio e incluso lo que pasará con ellos tras la disolución de este (si se diera el caso).  

A pesar de que las capitulaciones matrimoniales deberían proporcionar tranquilidad y seguridad, lo cierto es que no gozan de muy buena fama entre las parejas que acaban de comprometerse. Como hemos explicado, una de las finalidades del pacto es regular el fin de ese matrimonio que se está planificando. Nosotros pensamos que esto no debería ser motivo de incomodidad, dado que siempre será mejor regularlo en una situación de bienestar y calma que no en un momento de tensión y conflicto.

Tipos de regímenes económico-matrimoniales 

RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES

El régimen de separación de bienes está regulado en el artículo 1437 del Código Civil: En el régimen de separación pertenecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y, los que después adquiera por cualquier título. Así corresponderá a cada uno la administración, goce y libre disposición de tales bienes.
Separación de bienes es el régimen supletorio que rige en Cataluña, es decir, que es el que se aplicará a falta de pacto; a diferencia de prácticamente el resto de España, donde el régimen supletorio es el de gananciales, salvo que se pacte lo contrario. 
En separación de bienes, cada cónyuge conserva la propiedad de los bienes que le pertenecían antes del matrimonio, así como los que adquiera durante el mismo, de los que tendrá la propiedad, el goce, la administración, pudiendo hacer libre uso de ellos, con los únicos límites que establece la ley.
En caso de divorcio, cada cónyuge conservará lo suyo.

RÉGIMEN DE PARTICIPACIÓN EN LAS GANANCIAS

Según el artículo 1411 del Código Civil: En el régimen de participación, cada uno de los cónyuges adquiere derecho a participar en las ganancias obtenidas por su consorte durante el tiempo en que dicho régimen haya estado vigente.

En este régimen, igual que en el anterior, cada cónyuge tiene la propiedad, el goce, la administración y la libre disposición de todos sus bienes, con los únicos límites que establece la ley.

La principal diferencia radica en que si se extinguiera el vínculo matrimonial, cada cónyuge tendría derecho a participar en el incremento patrimonial obtenido por el otro durante el tiempo en que este régimen hubiera estado vigente. Así pues, si se extinguiera el matrimonio, se haría la diferencia entre el patrimonio inicial y el patrimonio final de cada uno de los cónyuges:

  • Si solo uno de los cónyuges hubiera obtenido un incremento patrimonial, el otro tendría derecho a la mitad del valor de ese incremento.
  •  ‍Si ambos hubieren obtenido un incremento patrimonial, el que hubiere obtenido menos tendrá derecho a la diferencia entre el valor de su propio incremento y el del otro cónyuge.

En resumen, en el régimen de participación en las ganancias cada cónyuge tendrá libre disposición de sus propios bienes, pero que deberá garantizarse al otro cónyuge una participación en las ganancias.

RÉGIMEN ECONÓMICO DE GANANCIALES

El régimen económico de gananciales está regulado por el artículo 1344 del Código Civil, y dice así: Mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para los cónyuges las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidos por mitad al disolverse aquella.

Así pues, todas las ganancias y beneficios que se obtengan durante el matrimonio pertenecerán a ambos cónyuges por igual y si llegara a producirse un divorcio, todo lo percibido sería partido a la mitad, correspondiéndole el 50% a cada uno.

RÉGIMEN DE COMUNIDAD DE BIENES

La característica principal del régimen de comunidad de bienes es que las ganancias obtenidas indistintamente por cualquiera de los cónyuges y los bienes a los que se confiera tal carácter devienen comunes.

 OTROS REGÍMENES

En Cataluña existen otros regímenes económicos matrimoniales propios de determinadas zonas geográficas concretas de Cataluña, como por ejemplo el de asociación a compras y mejoras, el “agermanament” o pacto de mitad por mitad o el llamado “pacto de convivença o mitja guadanyeria”.

¿Cuál es mi régimen económico matrimonial?

  •  si he contraído matrimonio y SI he otorgado ante notario capitulaciones matrimoniales: De conformidad con la normativa civil española y catalana, el régimen económico matrimonial se determinará siempre por elección de los cónyuges, otorgando escritura de capitulaciones matrimoniales.
  •  si he contraído matrimonio, pero no he otorgado ante notario capitulaciones matrimoniales: Si los cónyuges no eligen expresamente un régimen económico matrimonial ante Notario, entonces les será de aplicación el previsto de forma supletoria en la legislación civil competente. 

¿Qué régimen económico matrimonial se aplica en mi Comunidad Autónoma?

Como ya hemos explicado, cuando los miembros del matrimonio no realizan capitulaciones matrimoniales se les aplica el régimen legal supletorio de su comunidad autónoma. Aquí los tenéis: 

  • Aragón: Consorcio conyugal
  • Baleares: Separación de bienes
  • Cataluña: Separación de bienes
  • Navarra: Sociedad legal de conquistas
  • Galicia: Sociedad de gananciales
  • Vizcaya: Comunicación foral
  • Resto de Comunidades: Sociedad de gananciales

¿Qué ocurre si los cónyuges son cada uno de una Comunidad Autónoma distinta?

Aquí pueden darse diversas situaciones:

  • Que los cónyuges sean de distintas Comunidades Autónomas pero ambas tengan el mismo régimen legal supletorio: en este caso este sería el régimen matrimonial.
  • Que los cónyuges sean de distintas Comunidades Autónomas y que además ambas tengan distinto régimen legal supletorio, en este caso y según el artículo 9.2 del Código Civil, el régimen económico matrimonial se determinará de la siguiente manera:
    • El que elijan en escritura pública de común acuerdo, pudiendo elegir entre el régimen aplicable en la Comunidad Autónoma de cualquiera de los dos.
    • En caso de que no otorgaran capítulos matrimoniales ante notario, entonces el régimen matrimonial sería el del lugar donde vayan a residir habitualmente inmediatamente después del matrimonio.
    • Si por el motivo que fuere tuvieran que convivir en lugares separados y con distinta normativa civil, entonces el válido sería el del lugar de celebración del matrimonio.

¿Cuándo puedo hacer capítulos matrimoniales?

Dado que las capitulaciones matrimoniales son un contrato vinculado al matrimonio con el fin de regular aspectos del mismo, la normativa permite otorgarlos tanto antes como después de contraerse.

  • Antes del matrimonio. Únicamente serán válidos los capítulos si el matrimonio se acaba formalizando. Si pasado un año del otorgamiento los futuros cónyuges todavía no se han casado, se entenderán los capítulos como caducados.
  • Después de celebrarse el matrimonio.

¿Quién puede otorgar capitulaciones matrimoniales?

Pueden otorgar capitulaciones matrimoniales todas aquellas personas capaces de contraer válidamente matrimonio.

¿Cómo se otorgan las capitulaciones matrimoniales?

Los capítulos matrimoniales deben autorizarse por un notario en escritura pública. Os recordamos que para que dichos capítulos sean válidos en matrimonio debe haberse celebrado con anterioridad o contraerse en el plazo de un año desde el otorgamiento de la escritura.

¿Qué documentación necesito para hacer capítulos matrimoniales?

  • En el caso de autorizarse antes del matrimonio:
    • Documento nacionalidad de identidad en vigor
  • En el caso de realizarse con posterioridad a la celebración del matrimonio:
    • Documento nacional de identidad en vigor
    • Certificado literal de inscripción del matrimonio en el Registro Civil

¿Cuánto cuesta hacer capitulaciones matrimoniales?

El coste de la escritura de capitulaciones es muy variable, dependiendo del régimen escogido, de si hay que hacer aportación de bienes a la comunidad, de si la propia notaría tramita la inscripción… El precio mínimo serían unos 60-80 euros. 

¿Puedo modificar las capitulaciones matrimoniales?

Sí. Siempre que ambos cónyuges estén de acuerdo, pueden comparecer ante notario y modificar sus capitulaciones matrimoniales mediante una nueva escritura.

Hay que tener presente que:

  • Deberás inscribir los nuevos capítulos (más abajo lo explicamos)
  • Esta modificación no afectará a los derechos que terceras personas hayan adquirido con anterioridad a estas nuevas capitulaciones.

¿Puedo anular unas capitulaciones ya hechas?

Se pueden anular unos capítulos matrimoniales de varias formas:

  • Otorgando unos nuevos
  • Si se declara nulo el matrimonio
  • Si se disuelve el matrimonio por divorcio
  • Si existe separación judicial

Aunque se anulen los capítulos, hay ciertos puntos que seguirán vigentes:

  • Reconocimiento de hijos por alguno de los cónyuges.
  • Pactos sucesorios, según lo establecido en el Código civil
  • Pactos que tienen los capítulos como instrumento meramente documental.
  • Pactos efectuados en previsión de ruptura matrimonial.

¿Dónde debo inscribir los capítulos matrimoniales?

Para que unos capítulos surtan efecto y sean oponibles a terceras personas se deberán inscribir en:

  • El Registro Civil
  • El Registro de la propiedad pertinente: si se ha modificado el régimen que afecta a la naturaleza de un bien concreto
  • En el Registro Mercantil, si alguno de los cónyuges tuviera una sociedad constituida.

¿Qué cláusulas puedo incluir en relación a los hijos?

En los capítulos matrimoniales podrán pactar temas relativos a los hijos como:

  • TEMAS EDUCATIVOS: Centros educativos, ideología religiosa del centro…
  • TEMAS ECONÓMICOS: Relativos a los gastos de hijos no comunes…

NO se podrán pactar temas como la filiación o custodia de los hijos.

¿Qué cláusulas puedo incluir relacionadas con mi cónyuge?

En relación al otro cónyuge se pueden estipular pactos como:

  • Pactar un plazo de tiempo sin tener hijos
  • Pactar normas con respecto a la ubicación del domicilio familiar.
  • Incluir o excluir motivos de divorcio
  • Cómo repartir las tareas del hogar
  • Eliminar deberes del matrimonio como puede ser la fidelidad.

¿Qué cláusulas puedo incluir en previsión de un divorcio?

Las cláusulas más habituales en relación a una posible ruptura del matrimonio son:

  • Pactar una pensión compensatoria para una de las partes: importe, duración…
  • Pactar el uso de los bienes inmuebles de que disponga el matrimonio: turnos, duración…
  • Pactos relativos a la guardia y custodia de los hijos.
  • Compensaciones económicas para el cónyuge sin ingresos o con ingresos inferiores.
  • Fijar la adjudicación de unos bienes concretos para una de las partes. 

¿Qué pasa si uno de los cónyuges no respeta las cláusulas?

Como hemos visto en los dos últimos apartados, los pactos que se pueden adquirir son de índole muy diversa, por lo que es difícil establecer unas consecuencias genéricas para el caso de no sean respetados. Sin embargo, para aquellos pactos cuyo incumplimiento no implique una repercusión económica directa, los cónyuges podrán pactar indemnizaciones para la parte que los incumpla.

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¡Aviso importante! Este artículo no implica asesoramiento fiscal ni legal. Hacemos referencia al derecho civil catalán. Si te quedan dudas sobre alguno de los procesos o términos descritos puedes ponerte en contacto con nosotros.

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